Los labertintos y jardines de la antigua Zona del Canal
Los laberintos y
jardines de la antigua Zona del Canal: Orlando Acosta
opinión
VALOR ESTRATÉGICO
Orlando Acosta
20/07/2013 - Los laberintos en
parques y jardines –diseñados para el ejercicio
contemplativo de la mente y el cuerpo– han sido una constante en medio mundo
durante cerca de 600 años y la antigua Zona del Canal de Panamá no escapó de
ello.
La
administración zoneíta designó un área en la comunidad de Diablo para que los
habitantes de ese paraíso construyeran hangares pequeños y los utilizaran como
sus hobby shops para el estacionamiento y mantenimiento de botes y automóviles.
Los botes se utilizaban en bucólicos paseos por el lago Gatún –complementando
este privilegio– con los recreos marinos en las caletas del más grande lago
artificial del mundo. Botes, hangares e islas –el equivalente a un gran jardín
tropical– fueron parte del privilegio –y del laberinto perdido– de los
habitantes del área.
Con
la firma de los tratados del Canal y bajo largos años de titánicas
negociaciones, los límites de la zona desaparecieron y junto con ellos los
fueros y privilegios de los habitantes de este enclave. A partir de los
tratados, la administración de todas las licencias de uso en el área canalera,
que incluyen hangares de botes, recreos marinos, iglesias, clubes de
equitación, etc., se asignaron a la Dirección de Administración de Bienes del
Área Canalera (DABAC), dependencia del Ministerio de Hacienda y Tesoro,
instancia administrativa netamente panameña.
Siguiendo
el proceso técnico y administrativo de asignación de bienes revertidos que
dictaminó el tratado, la Autoridad de la Región Interoceánica (ARI) asignó a
los hangares de Diablo tasas de arriendo sobre la base de avalúos.
La
Autoridad del Canal de Panamá (ACP) culmina el proceso de transferencia de la
vía acuática y abre, en el año 2000, la posibilidad de que el Estado
administrase el Canal y, junto con ello, todo el patrimonio inscrito para su funcionamiento;
de esta manera, cientos de edificios y hectáreas de aguas y suelos se
destinaron para funcionamiento de la vía bajo administración del Canal.
Algunos
de estos bienes, como el cauce de los lagos Gatún y Alajuela –incluyendo sus
riberas– recibieron la categoría “inalienables bajo administración del Canal”,
a otros se les designó “patrimonio económico”. Finalmente, el área de Diablo
–donde funcionan los hangares– se traspasó como patrimonio económico del Canal.
Desde entonces, los usuarios de los hangares ocupan el área sin que medie un
contrato de arrendamiento con la ACP.
El
aparente conflicto de los ocupantes de los hangares de Diablo riñe con el
objetivo de la ACP que –en estricto apego a la legislación panameña– tiene como
responsabilidad salvaguardar los bienes y los recursos de Panamá bajo su
administración privativa.
Bajo
todos los antecedentes expuestos la ACP ha iniciado un proceso, pacífico y
paulatino, para que bajo el apego de la ley, los ocupantes de los hangares
inicien un desalojo ordenado de estos bienes propiedad de todos los panameños.
El
laberinto y los jardines de Diablo constan de 130 estructuras levantadas
durante los últimos 50 años de una interesante historia administrativa que
transita por la recuperación administrativa de la Zona del Canal y el manejo
eficiente de la vía acuática en manos panameñas. Desde que la ACP obtuviera la
propiedad del área de los hangares, no media entre los ocupantes y la ACP
contrato ni autorización para el uso, y tampoco tienen derecho a compensación
alguna por las mejoras en el área que han disfrutando hasta la fecha.
La
posición estratégica de Panamá y los servicios que ofrece mediante el
aprovechamiento de este recurso es el valor estratégico más importante que
posee la nación. Es responsabilidad de la ACP –en cumplimiento de las normas
que rigen la convivencia social– hacerlas cumplir para el beneficio nacional.
Finalmente,
como algunos laberintos, el de los hangares de Diablo es de una sola vía. En
otras palabras, las licencias otorgadas “...podrían ser revocadas por su
otorgante en cualquier momento sin aviso previo al autorizado...”; y como
colofón fatídico anunció que la terminación, por revocación u otra forma,
“...no pagará compensación, reembolso o indemnización de tipo alguno al autorizado
por mejora alguna o propiedad o por cualquier daño de cualquier tipo que
resulte al autorizado por esta terminación”.
Los
que se adentraron a los jardines y laberintos de la Zona del Canal –incluyendo
las tierras y costas de Diablo– lo sabían y ahora ignoran su carácter
univiario. No hay otro camino por recorrer e ingresar, solo existe el que lleva
hacia el interés nacional... sin bifurcaciones.