Entre los postpanamax y el Metro



Orlando Acosta Patiño


El mes de septiembre se nos viene encima con varios sucesos importantes que sacuden a la sociedad panameña. Eventos que ameritan, por su importancia, varias columnas de opinión. Entre las maratónicas sesiones del hemiciclo legislativo para producir el maquillaje electoral, el cambio en la administración del Canal y la operación del Metro, la elección se hace difícil. Me decantaré por los últimos temas.

La cobertura de los medios informó que durante la ceremonia del cambio de administrador de la vía acuática, el máximo representante del Ejecutivo anunció la posibilidad de que la Autoridad del Canal (ACP) se encargue de la administración del Metro de Panamá. Debemos poner esto en contexto y aclarar, además, que quien identifica el “nicho de oportunidad de negocio”, también, ocupó la cartera del Ministerio del Canal, durante la administración Mireya Moscoso.

Aunque no soy abogado, me he dedicado a los temas de Canal por poco menos de 25 años, y conozco que el ordenamiento jurídico panameño, especialmente, en lo relacionado con la vía acuática, que se desarrolla y ordena a partir del Título Constitucional que asigna a la empresa canalera la responsabilidad sobre el tema: “A la Autoridad del Canal de Panamá corresponde la responsabilidad por la administración, mantenimiento, uso y conservación de los recursos hídricos de la cuenca hidrográfica del Canal de Panamá, constituidos por el agua de los lagos y sus corrientes tributarias, en coordinación con los organismos estatales que la ley determine”. (Art. 316 de la Constitución).

El artículo constitucional es la base para todo el aparataje legal que desarrolla la Ley 19 Orgánica de la Autoridad del Canal, siendo asunto de interés y objeto de acción por parte de la ACP, lo relacionado con la administración de la vía acuática y el manejo de los recursos hídricos que se producen en la cuenca para el tránsito de barcos y el abastecimiento de agua para la población. He ahí el asunto principal y corazón del negocio del Canal de Panamá.

Posterior a la Ley 19, el país entero, mediante un referendo, decidió sobre los temas de la ampliación; así los panameños y panameñas aprobamos el paso de buques postpanamax, después de 2014. El tema principal y asunto de negocios del Canal de Panamá lo determinó la Constitución Nacional y es desarrollado por leyes y reglamentos nacionales, siendo la responsabilidad de los recursos naturales, un asunto compartido entre cinco ministerios y dos representantes de organizaciones gubernamentales, mediante arreglos institucionales.

No sé en cuál de los artículos de la Constitución o de las leyes quepan los vagones del Metro y, junto a ello, el agua, la cuenca y la Autoridad del Canal. Todavía no sé cuándo pasamos de ampliar al Canal, producir agua y transportar mercancías por la vía acuática a escuchar la dulce voz de los pilotos en el Metro de Panamá, susurrando: “próxima estación, esclusas de Gatún”.

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