Entre los postpanamax y el Metro
Orlando Acosta Patiño
El mes de septiembre se
nos viene encima con varios sucesos importantes que sacuden a la sociedad
panameña. Eventos que ameritan, por su importancia, varias columnas de opinión.
Entre las maratónicas sesiones del hemiciclo legislativo para producir el
maquillaje electoral, el cambio en la administración del Canal y la operación
del Metro, la elección se hace difícil. Me decantaré por los últimos temas.
La cobertura de los
medios informó que durante la ceremonia del cambio de administrador de la vía
acuática, el máximo representante del Ejecutivo anunció la posibilidad de que
la Autoridad del Canal (ACP) se encargue de la administración del Metro de Panamá.
Debemos poner esto en contexto y aclarar, además, que quien identifica el
“nicho de oportunidad de negocio”, también, ocupó la cartera del Ministerio del
Canal, durante la administración Mireya Moscoso.
Aunque no soy abogado, me
he dedicado a los temas de Canal por poco menos de 25 años, y conozco que el
ordenamiento jurídico panameño, especialmente, en lo relacionado con la vía
acuática, que se desarrolla y ordena a partir del Título Constitucional que
asigna a la empresa canalera la responsabilidad sobre el tema: “A la Autoridad
del Canal de Panamá corresponde la responsabilidad por la administración,
mantenimiento, uso y conservación de los recursos hídricos de la cuenca
hidrográfica del Canal de Panamá, constituidos por el agua de los lagos y sus
corrientes tributarias, en coordinación con los organismos estatales que la ley
determine”. (Art. 316 de la Constitución).
El artículo
constitucional es la base para todo el aparataje legal que desarrolla la Ley 19
Orgánica de la Autoridad del Canal, siendo asunto de interés y objeto de acción
por parte de la ACP, lo relacionado con la administración de la vía acuática y
el manejo de los recursos hídricos que se producen en la cuenca para el
tránsito de barcos y el abastecimiento de agua para la población. He ahí el
asunto principal y corazón del negocio del Canal de Panamá.
Posterior a la Ley 19, el
país entero, mediante un referendo, decidió sobre los temas de la ampliación;
así los panameños y panameñas aprobamos el paso de buques postpanamax, después
de 2014. El tema principal y asunto de negocios del Canal de Panamá lo
determinó la Constitución Nacional y es desarrollado por leyes y reglamentos
nacionales, siendo la responsabilidad de los recursos naturales, un asunto
compartido entre cinco ministerios y dos representantes de organizaciones
gubernamentales, mediante arreglos institucionales.
No sé en cuál de los
artículos de la Constitución o de las leyes quepan los vagones del Metro y,
junto a ello, el agua, la cuenca y la Autoridad del Canal. Todavía no sé cuándo
pasamos de ampliar al Canal, producir agua y transportar mercancías por la vía
acuática a escuchar la dulce voz de los pilotos en el Metro de Panamá,
susurrando: “próxima estación, esclusas de Gatún”.